CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA PARTICIPAR EN LA CAMPAÑA BONO CONSUMO

CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA PARTICIPAR EN LA CAMPAÑA BONO CONSUMO

CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS QUE SOLICITEN PARTICIPAR EN LA CAMPAÑA BONO CONSUMO

  • La razón social, el domicilio fiscal del establecimiento OBLIGATORIAMENTE debe estar en TORREVIEJA.
  • El establecimiento debe desarrollar una actividad encuadrada en los epígrafes que se desarrollan en el anexo IV.
  • Los Comercios no pueden superar los 10 empleados.
  • Establecimientos de hostelería sin limite de empleados.
  • Establecimiento con local fijo y permanente de venta al público, de bienes o servicios, en el término del municipio Torrevieja.
  • Establecimientos no podrán pertenecer a franquicias de nivel nacional ni internacional, no se admitirán franquiciados.
  • Cumplimentar la inscripción correctamente y adjuntar la documentación solicitada.
  • No haber incumplido ninguna de las condiciones de las campañas anteriores de Bono Consumo.
  • Una vez admitida la participación del establecimiento, deberán verificar que los titulares de los bonos que sean canjeados en sus comercios pertenecen a esos usuarios por medio de DNI/NIE.
  • Los establecimientos participantes están obligados a aceptar los bonos sin restricciones ni condiciones, excepto en los artículos marcados debidamente como no disponible en campaña bono consumo.
  • Los establecimientos participantes deben validar los bonos en cualquiera de los formatos permitidos, ya sean impresos o en formato digital.

EL INCUMPLIMIENTO DE UNA DE ESTAS CONDICIONES IMPLICARA LA EXPULSION INMEDIATA DEL ESTABLECIMIENTO DE  LA CAMPAÑA BONO CONSUMO.